Una de las preguntas más frecuentes en cualquier administración de loterías es la de donde se cobran los premios de la lotería, por eso voy a intentar aclararos esta cuestión y daros algún consejo para el caso de que tengáis la suerte de que os toque un premio sustancioso.
Todo lo que voy a explicar a continuación es válido para cualquier juego regulado por Loterías y Apuestas del Estado: La Primitiva, BonoLoto, Euromillones, El Millón, El Gordo de la Primitiva, Quiniela, El Quinigol, El Joker, Lotería Nacional, Lototurf y Quintuple Plus.
Para explicarlo mejor, voy a dividir los premios en tres clases: premios menores, intermedios y superiores.
Premios Menores: dentro de este grupo vamos a incluir todos los premios cuyo importe sea inferior a 2.000€ por apuesta, estos los podemos cobrar en cualquier administración de lotería con solo presentar el resguardo de la apuesta ganadora.
Premios Intermedios: a este grupo pertenecen todos los premios cuyo importe sea superior o igual a 2.000 € e inferior o igual a 40.000€ por apuesta, estos hay que cobrarlos en una entidad Bancaria que tenga convenio con el organismo de Loterías y Apuestas del Estado, los Bancos que tienen firmado este convenio son:
(Bancos autorizados para cobrar premios durante el año 2023 y 2024)
Estos premios están exentos del gravamen especial sobre premios derivados de juegos por la Ley 6/2018 publicada en el BOE el 4 de julio de 2018. Es decir, si tu apuesta tiene un premio de 35.000 € tienes que cobrar íntegramente los 35.000€.
Para el cobro de estos premios hay que llevar el resguardo de la apuesta ganadora al Banco y presentar el D.N.I ya que estos premios siguen sujetos a obligaciones de identificación, no es necesario tener cuenta abierta en dicho banco y el pago lo pueden realizar por ingreso en cuenta, en metálico, transferencia bancaria o cheque.
Premios Mayores: aquí vamos a incluir todos los premios cuyo importe por apuesta sea superior a 40.000€, estos se cobran en las mismas entidades financieras que hemos enumerado en Los Premios Intermedios y con los mismos requisitos, la diferencia estriba en que estos premios si poseen el gravamen especial sobre premios derivados de juego que consiste en una retención del 20% por parte de Hacienda por el importe que exceda de los 40.000€. Voy a poner un ejemplo para que se entienda más fácilmente.
Imaginemos que toca el Gordo de Navidad en el número de los que llevas un décimo, tu premio será de 400.000 €, para cobrarlo tendrá que ir al Banco con el décimo y tu D.N.I para que la entidad financiera pueda identificarte ante Hacienda como ganador de ese premio, de los 400.000€ que te han tocado, los primeros 40.000€ están exentos de gravamen pero los 360.000€ restantes sí tienen una retención del 20% que corresponde a un importe de 72.000€, así que el banco te abonará 328.000€ y lo comunicará a Hacienda.
Imaginemos que de este dinero que te ha tocado quieres regalarle la mitad a un familiar, es decir 164.000€, en este caso el familiar tendrá que pagar a Hacienda el impuesto de donación de los 164.000€, para evitar esto, el regalo debes hacérselo antes de cobrar, es decir, debes regalarle la mitad del décimo, así será un décimo jugado por los dos y para cobrarlo debéis de ir, los dos, al banco con los D.N.I., la sucursal bancaria os abonará 164.000€ a cada uno y no tendréis que pagar ningún tipo de impuesto más.
COBRO DE PREMIOS EN APUESTAS COMPARTIDAS POR VARIOS JUGADORES, en el caso de que tengas una apuesta ganadora con un premio intermedio o mayor y que esta apuesta la juegues a medias con otros jugadores, a la hora de cobrarla deberéis de ir todos al banco con los D.N.I. para que la entidad financiera pueda identificar a cada uno de los ganadores a Hacienda.